DOS INDEMNIZACIONES POR TERMINACIÓN ANTICIPADA DE CONTRATO DE OBRA O A TIEMPO DETERMINADO
A los trabajadores contratados para una obra determinada o por tiempo determinado, que sean despedidos injustificadamente antes del tiempo, el patrono deberá pagárseles dos (2) indemnizaciones, el pago doble de la prestación de antigüedad y una indemnización de "daños y perjuicios" equivalente a los salarios que restan por el tiempo necesario para terminar la obra o concluir el contrato. Una de las novedades de la LOTTT del año 2012, es la relacionada con el pago de las indemnizaciones que debe el patrono a un trabajador contratado para una obra determinada o por un tiempo determinado y que sea despedido injustificadamente antes de concluir la obra o el tiempo convenido. En efecto, conviene refrescar que el régimen indemnizatorio establecido en la Ley Orgánica del Trabajo derogada (1997) establecía dos distintos tipos de indemnizaciones que debía pagar el patrono a un trabajador, en los casos que diera por terminada la relación de trabajo de manera injustificada...